GESPROSA

Información actualizada a 23/07/2024

Tramitación procedimientos de financiación y fijación de precios de productos sanitarios por el Sistema Nacional de Salud - @GESPROSA administración electrónica.

1. ¿Qué ofrece la administración electrónica?

Los tipos de procedimientos administrativos que se pueden iniciar son:

  

CódigoNombre del Procedimiento 
991069Alteración en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud de un producto sanitario (efecto y accesorio)  Se abrirá en una ventana nueva. Se abrirá en una ventana nueva.
080720Exclusión en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud de un producto sanitario (efecto y accesorio) Se abrirá en una ventana nueva. Se abrirá en una ventana nueva.
2987869Cambio empresa ofertante para productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud Se abrirá en una ventana nueva. Se abrirá en una ventana nueva.

 

 

2. ¿Cuándo debe utilizarse cada procedimiento?

Cuando se desee solicitar alguna de las siguientes modificaciones de cualquier producto sanitario que se encuentra dentro de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud:

    • Cambio en la forma o estética del material de acondicionamiento.

Cuando haya cambios en el material de acondicionamiento primario o secundario del producto.

Si se produce también un cambio de nombre comercial se entenderá que lleva asociado un cambio en el material de acondicionamiento.

Si el cambio se debe a exigencias de la propia normativa reguladora de productos sanitarios se dará por supuesto que se realiza dicha modificación, no obstante, no habrá necesidad de solicitar una alteración de la oferta por cambios en el material de acondicionamiento.

    • Cambio en el nombre comercial y/o presentación

A efectos del procedimiento se entenderá como nombre comercial la primera palabra que identifica el producto, y como presentación el resto de la denominación que lo identifica.

Ej. Nombre comercial: ATORNET

     Presentación: DANE CATH NELATON 20CM CH14 60U 

    • Cambio de fabricante

Se entiende como fabricante la persona física o jurídica que figura como tal en el material de acondicionamiento. El resto de cambios que afecten a la fabricación se incluirán en el apartado de alteración “Otras”.

    • Cambio de precio

No activo hasta que entre en vigor el nuevo Real Decreto.

    • Cambio de variaciones leves que aporten mejoras al producto

Modificaciones en las características y/o especificaciones técnicas del producto. Suele llevar asociado cambios en el material de acondicionamiento.

    • Otras (consultar previamente en la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia)

Por ejemplo, cambio en las indicaciones de uso del producto.

  En cada solicitud podrán incluirse uno o varios productos sanitarios siempre que pertenezcan al mismo tipo de producto y tengan el mismo nombre comercial. Asimismo, cada solicitud podrá incluir una o varias alteraciones.

     

       Cuando el ofertante desee solicitar la exclusión de un producto sanitario que actualmente esté incluido en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud. Dicha solicitud deberá estar motivada.

 

Casos frecuentes

Si una vez realizada la solicitud formalmente se desea incluir otra información o esta es requerida por la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, hay que elegir el formulario XXXXXX, opción “Procedimiento de información complementaria al procedimiento/alegaciones”.

3. ¿Quién puede realizar las tramitaciones?

Las empresas ofertantes de productos sanitarios financiados por el Sistema Nacional de Salud (efectos y accesorios).

4. Solicitud de acceso

Como requisito previo será imprescindible que el la empresa ofertante cuente con certificado digital de firma de representante de persona jurídica emitido por una entidad certificadora reconocida (aquí)

Una vez que se disponga del certificado de persona jurídica, la empresa ofertante deberá darse de alta en el Modulo de reconocimiento de ofertantes para la administración electrónica - RELAE (aquí). Para ello es imprescindible que el nombre de la empresa ofertante se corresponda de manera literal con la razón social asociado al CIF. A continuación, por correo electrónico se comunicará a los laboratorios la validación del alta en el proceso.

Desde el momento en el que la empresa ofertante este dado de alta en RELAE, podrá realizar solicitudes a través de los formularios de la sede, pudiendo a su vez conocer el estado de tramitación de los expedientes que aún no se encuentren resueltos, y recibir las notificaciones electrónicas de los documentos que afecten a su expediente. La práctica de la notificación por medios electrónicos se realizará mediante el sistema de comparecencia electrónica en la sede de este Ministerio, según lo dispuesto en la legislación vigente.

El alta en la administración electrónica de GESPROSA, conlleva obligatoriamente la consulta periódica del sistema de comparecencia en sede, con independencia de los avisos que puedan recibirse a través de correo electrónico, que en ningún caso tienen en sí mismo carácter de notificación administrativa.

 

5. Documentación

Ante cualquier duda consultar el manual de empresas ofertantes (aquí Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. )

6. Características del equipo cliente

Para acceder al registro electrónico, ver características de la sede, requisitos técnicos del registro (aquí Se abrirá en una ventana nueva. ).

7. Preguntas y respuestas frecuentes

¿Quién puede acceder a la administración electrónica a través de certificados digitales?

Para utilizar la administración electrónica GESPROSA es imprescindible disponer de un certificado digital de persona jurídica o representante. No son válidos los certificados de persona física. El certificado de persona jurídica o representante deberá contener:

El suscriptor (persona jurídica) del certificado. Se deberá corresponder con el CIF de la empresa ofertante que quiere operar.

El solicitante del certificado. Es la persona física con poderes suficientes para custodiar dicho certificado. Esta persona podrá pertenecer a la empresa ofertante, a una consultoría, o tratarse de una persona física que actúe como representante del ofertante.

Una misma persona jurídica podrá autorizar a varias personas físicas para acceder a la administración electrónica de GESPROSA.

Para ello, cada persona física autorizada deberá obtener el correspondiente certificado de persona jurídica en la que él figure como solicitante. Cualquiera de estas personas físicas autorizadas podrá acceder a toda la información relativa al laboratorio que conste en la sede electrónica de este Ministerio, y operar con ella.

Del mismo modo, una misma persona física podrá disponer de varios certificados digitales de persona jurídica para actuar en nombre de diferentes empresas ofertantes.

En todo caso, el proceso da alta en la administración electrónica (RELAE) se realizará una única vez, por aquella persona física que lo solicite primero y que figure como solicitante en el certificado de persona jurídica o representante de ese laboratorio.

¿Es posible restringir un certificado de persona jurídica o representante?

En este sentido y ante la pregunta formulada por diversas compañías  sobre las restricciones que un certificado jurídico pudiera tener y relativas a los poderes de representación exclusivamente restringidos para realizar trámites ante la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia del Ministerio de Sanidad, se recomienda que para conocer el contenido exacto del Poder Notarial se contacte con la Entidad certificadora a la que vaya a solicitar la emisión del certificado.

¿Un ofertante dado de alta en GESPROSA administración electrónica - @GESPROSA, puede presentar algún tipo de documentación en papel?

Con carácter excepcional y sólo cuando no sea posible presentarlo por vía electrónica se admitirá la documentación entregada en papel que deberá de presentarse a través del registro convencional (de forma presencial).

¿Cómo acceder a los documentos aceptados, rechazados o caducados?

Todos los documentos se encontrarán disponibles en la sede electrónica de este Ministerio en el apartado Sistema de Notificaciones Electrónicas y Comunicaciones.

¿Qué especificaciones deben cumplir los archivos que se pueden adjuntar a los formularios de solicitud?

Solamente se admiten archivos con extensión pdf y puesto que el máximo en total de archivos deberá ser inferior a 5MB, se aconseja que estos archivos se generen con un nivel de resolución medio o bajo.

¿Qué tipo de alternativa se debe seleccionar cuando se quiere presentar cualquier tipo de información de un producto sanitario que ya tenga abierto un expediente de financiación en la aplicación GESPROSA?

Sea cual sea el procedimiento siempre se deberá elegir la alternativa "Presentación de Información complementaria al procedimiento/Alegaciones", a la que se puede acceder desde todos los procedimientos.

¿Cómo actuar cuando se tenga que presentar documentación de varios códigos nacionales de un producto sanitario del mismo tipo de producto y nombre comercial?

Se deberá realizar en un único formulario de “información complementaria al procedimiento/alegaciones”, en el que se cargaran los datos correspondientes a todos los códigos nacionales para los que se solicita incorporar dicha documentación.

¿Cómo puede presentar el ofertante la conformidad o no al Proyecto de Resolución?

Para el caso de conformidad - se deberá utilizar la opción Información complementaria al procedimiento/alegaciones” accesible en todos los formularios (pag. 17 del manual de usuario laboratorio). Dentro del formulario en el apartado “Motivos de la modificación” deberá marcarse la opción "Conforme a los proyectos”.

Para el caso de no conformidad - se deberá utilizar la opción Información complementaria al procedimiento/alegaciones” accesible en todos los formularios (pag. 17 del manual de usuario laboratorio). Dentro del formulario en el apartado “Motivos de la modificación” deberá marcarse la opción "Alegaciones a los proyectos”. En el apartado “observaciones/Adjuntos" deberá adjuntarse las alegaciones que estimen oportunas.

¿Se puedo presentar un recurso administrativo a la Resolución recibida?

Contra la resolución se podrá interponer el recurso administrativo que proceda según lo establecido en los artículos del 112 al 126 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dicho recurso se presentará por vía electrónica, no admitiéndose la presentación en papel. A tales efectos se indica el enlace de acceso a la sede electrónica del Ministerio de Sanidad (aquí  Se abrirá en una ventana nueva. ).

8. Notificación de incidencias

Para la comunicación de incidencias se deberá utilizar el buzón cau-servicios@sanidad.gob.es indicando en el asunto [GESPROSA] seguido de la descripción de la misma. En el mensaje se deberá indicar con detalle en que consiste la incidencia  y preferentemente adjuntar una copia de la pantalla donde se ha generado el fallo o error al buzón.