Base legal del tratamiento de datos personales de salud

  • La Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud

Ciudadanos y profesionales acceden a la información gestionada por el sistema HCDSNS de forma diferenciada e independiente entre sí. El acceso de un ciudadano a su documentación clínica es posible a través de Internet, a través de la página web correspondiente habilitada por nuestro Servicio de Salud con su Tarjeta Sanitaria Individual (TSI).

  • Quién es el responsable del tratamiento de los datos.

Los Servicios de Salud Autonómicos pertenecientes al Sistema Nacional de Salud y el Ministerio de Sanidad, son responsables del tratamiento de datos personales en HCDSNS.

- El responsable del tratamiento en el Servicio de Salud Autonómico es responsable del tratamiento de aquellos datos de salud que le conciernen con motivo de la demanda de asistencia sanitaria dentro de este Servicio de Salud.

Como tal, este Servicio de Salud es responsable de la custodia de sus datos de salud, para lo cual se han implementado aquellas medidas técnicas y organizativas que permiten garantizar la privacidad de los mismos.

Usted puede consultar con su servicio de salud quién es el responsable del tratamiento de datos.

- El responsable del tratamiento en el Ministerio de Sanidad es la Subdirección General de Información Sanitaria, dependiente de la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del SNS.

El Delegado de Protección de Datos del Ministerio de Sanidad es el titular de la Inspección General de Servicios de la Subsecretaría de Sanidad.

El Ministerio de Sanidad tiene su domicilio en Paseo del Prado 18, 28014 Madrid.

El Ministerio de Sanidad no tienen responsabilidad alguna sobre los datos clínicos o administrativos, siendo este Servicio de Salud donde usted tiene habilitada su TSI en el momento de recibir asistencia sanitaria el responsable de los mismos.

  • Con qué finalidad se tratan los datos personales de los pacientes. 
    • Para que puedan ser utilizados por aquellos profesionales sanitarios que presten asistencia sanitaria dentro del Sistema Nacional de Salud (SNS).
    • Para que tanto el paciente como el profesional sanitario que le atiende, tengan disponibles sus datos clínicos y puedan acceder a sus informes clínicos a través Sistema HCDSNS.
    • Para resolver contingencias, incidencias y reclamaciones relacionadas con la información clínica gestionada por el sistema HCDSNS.
    • Para elaborar estadísticas de uso del sistema HCDSNS.
  • Qué categorías de datos son objeto de tratamiento en el Sistema HCDSNS y por parte de los profesionales de la salud que proveen asistencia sanitaria.
    • Documentos clínicos, categorizados como datos de la salud, y por tanto especialmente sensibles.
    • Información sobre su índice de referencias, es decir, información sobre la existencia de documentos clínicos accesibles a través del sistema HCDSNS asociados a un determinado Servicio de Salud.
    • Datos identificativos relativos a su Tarjeta Sanitaria Individual (TSI):
      • Datos identificativos personales, como nombre, apellidos, DNI/NIE, sexo, fecha de nacimiento, domicilio, entre otros.
      • Datos para la identificación sanitaria como el Código de Identificación Personal del Sistema Nacional de Salud y el Código de Identificación Personal Autonómico, entre otros.
    • Información de pistas de auditoría informática, generados por el funcionamiento propio del sistema de información que permite guardar la traza de las operaciones.
  • Cómo se obtienen los datos personales.

El sistema HCDSNS trata los datos facilitados por aquellos Servicios de Salud Autonómicos donde el ciudadano haya sido atendido.

  • Cuál es la legitimación que tiene el encargado del tratamiento y los profesionales de la salud para poder tratar los datos personales de los pacientes.

Los datos personales de los pacientes, sólo podrán tratarse para las finalidades anteriormente descritas. Por este motivo, el tratamiento y uso de los datos por parte del profesional, debe limitarse también a esas solas finalidades.

El Ministerio de Sanidadl está habilitado por Ley para coordinar los mecanismos de intercambio de información a nivel SNS con los Servicios de Salud Autonómicos. Esta habilitación tiene su legitimación en la provisión de asistencia sanitaria y por ello tiene además un interés público para la ciudadanía, así como para la Salud Pública. Los artículos que legitiman a este tratamiento son: el artículo 9.2.g), h) e i) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, así como La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantías de los derechos digitales, y aquella normativa nacional de adaptación del mismo. Por esta razón, usted como profesional, no debe descargar copias de los informes aquí consultados, ni compartir, comunicar o tratar estos datos personales fuera de los casos y finalidades indicados.

Usted, como profesional de la salud perteneciente al SNS está legitimado y habilitado para tratar estos datos dentro de los sistemas de información y de asistencia sanitaria del SNS y para las finalidades ya descritas.

  • Por cuánto tiempo y dónde se conservan los datos personales de los pacientes.

El almacenamiento de la documentación clínica (informes médicos y otros datos clínicos) se realiza en este Servicio de Salud. El plazo de conservación de la información clínica es el dispuesto por la Ley de autonomía del paciente (Ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica), así como el tiempo preciso para la provisión de los servicios del Sistema HCDSNS y lo dispuesto en la normativa autonómica de desarrollo de la ley 41/2002.

El nodo central de HCDSNS, sito en el Ministerio de Sanidad, no almacena la información clínica, pero sí los índices de referencias que permiten acceder a dicha información. Así mismo, el nodo central almacena información relacionada con la propia gestión del sistema, auditoría y trazabilidad. Esta información se almacena en el Ministerio de Sanidad mientras persista la obligación legal.

  • Cuáles son los derechos que asisten a los pacientes.

Todo interesado puede ejercer respecto de sus datos personales los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación de su tratamiento y oposición cuando así proceda, ante el responsable del tratamiento del Servicio de Salud, en la forma que se indique por éste, o mediante el formulario File pdf. Will open in a new window  habilitado en la sede electrónica. Además, como profesional de la salud debe tener en cuenta que el sistema HCDSNS permite a los pacientes:

    • Ocultar los informes clínicos de forma individualizada y selectiva, de tal manera que el profesional sanitario que utilice el sistema no podrá acceder a la información ocultada, salvo en una situación de urgencia vital.
    • Visualizar el registro de accesos que los profesionales han efectuado respecto de sus informes clínicos.
    • Ante accesos injustificados a sus informes clínicos, pueden efectuar una reclamación a través de la aplicación HCDSNS (visualizando el registro de accesos).

Como profesional, usted está habilitado a acceder a los datos personales de los pacientes a los que atienda, así como a poder consultar aquellos informes ocultos cuando por motivos fundados relacionados con la asistencia requiera conocer esa información de salud.

Todo interesado tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos Will open in a new window cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos.